Guía para que le paguen los días de ausencia por licencia médica

Lunes 20 de agosto de 2018

escrito por Rodrigo Durán

Sepa usted, trabajador independiente o dependiente, que tiene siete motivos por los cuales presentar una licencia médica. Anote: "Por enfermedad o accidente común; por prórroga de medicina preventiva; también está la licencia maternal pre y postnatal; por enfermedad grave del hijo menor de un año; por accidente del trabajo o del trayecto; por enfermedad profesional y por patología del embarazo", detalla Karl Sievers, abogado y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad San Sebastián (USS). 

Los plazos

De acuerdo a la legislación vigente, los trabajadores independientes, dependientes y los que tienen contrato temporal, tienen dos días hábiles para entregar la licencia médica. "En este caso, los días de reposo se contabilizan desde el día indicado en la licencia médica", plantea Felipe Rodríguez, abogado laboral del Grupo Cygnus.

"Las licencias médicas pueden ser entregadas por un médico cirujano, psiquiatra incluido, un dentista o una matrona", dice Sievers, quien añade que usted o un tercero pueden entregarla al empleador.los RechazosSi presenta la licencia fuera de plazo, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) o su isapre, pueden rechazarla. El empleador no tiene facultades para negar una licencia ni devolverla al trabajador. "La licencia médica es un derecho del trabajador por tanto, los únicos que pueden rechazarla son las instituciones autorizadas. Es importante recordar, que lo que se rechaza es el pago de la licencia y no los días en que el trabajador se recupera de su patología", dice Rodríguez.Sievers aclara que si le rechazan su licencia -en la Compin o su Isapre- puede presentar un reclamo a la Superintendencia de Seguridad Social. Para esto no necesita abogado, pero sí tener los documentos que acrediten la licencia en un plazo de 15 días hábiles desde que le notifican el rechazo. Ojo, porque la Superintendencia tiene un plazo de 90 días para entregar una resolución.

Los DatosRodríguez aconseja tener cuidado con todos los datos que el médico registre en su informe: "Nombre, Rut, tiempo de reposo".Debe revisar todo y, si está correcto, firmar. El abogado recomienda, además, guardar el comprobante de recepción que firma y timbra su empleador. En el caso de los trabajadores independientes, después de revisar la licencia, deben hacerla llegar a la Compin o la isapre, según corresponda.Rodríguez destaca que, en el caso de las licencias electrónicas, "es el médico en su sistema el que ingresa los datos del trabajador y que hace llegar la licencia al empleador".El PagoLos abogados precisan que para que le paguen todos los días de la licencia, ésta debe ser, al menos, de 11 días seguidos. Si es menor, se pierde la remuneración de los tres primeros días."Si la licencia es por siete días, le pagarán del cuarto al séptimo día. Si es por 11 días, se los pagarán todos, a menos que la empresa tenga un convenio o beneficio con sus trabajadores para pagar los tres primeros" dice Sievers. Añade que esto dependerá de su remuneración. "Las licencias médicas pueden ser entregadas por un médico cirujano, un psiquiatra incluido, un dentista o por una matrona".Karl Sievers,, abogado" 

Sitios de interés