Errores Express

Podría ocurrir la peor de las paradojas, como sería que la medida implementada tan livianamente por el ISP se traduzca en un aumento de los embarazos no deseados...

Miércoles 9 de septiembre de 2015

Errores Express
escrito por

Jaime Mañalich, Director Instituto de Políticas Públicas en Salud U. San Sebastián

En días recientes, y luego de la propuesta hecha por algunos Parlamentarios, el Instituto de Salud Pública (ISP) autorizó la venta de la "píldora del día después", un anticonceptivo para ser usado después de una relación sexual no protegida, sin necesidad de presentar una receta médica. De acuerdo a la Ley 20.418, de enero del 2010, la determinación del ISP se ajusta a derecho. Los argumentos esgrimidos para este cambio, pasar de exigencia de receta médica a no exigirla, son dos: garantizar una mejor disponibilidad del fármaco cuya efectividad disminuye rápidamente en la medida que su uso se distancie del momento del acto sexual; y no requerir el pago de una consulta médica para obtener la receta, lo que es un castigo para quienes tiene menos recursos.

El quehacer médico siempre debe considerar los beneficios de una medida contra los riesgos que ella implica. Es contraproducente que en el caso en comento, los potenciales efectos adversos de esta autorización no hayan sido analizados. Al respecto, algunas consideraciones. En primer lugar, el argumento de supeditar la venta de un fármaco a una receta médica es para asegurar un uso apropiado y limitar precisamente los riesgos. Si los parlamentarios-médicos consideran que esto es un obstáculo financiero y de equidad para la salud de las personas, el argumento debería extenderse a un sinnúmero de fármacos para los que estos mismos actores han defendido vehementemente la condición de venta bajo receta.

En segundo lugar, la mencionada Ley señala específicamente que: "Si al momento de solicitarse la prescripción médica de un método anticonceptivo de emergencia o de solicitarse su entrega en el sistema público o privado de salud fuese posible presumir la existencia de un delito sexual en la persona del solicitante o para quien se solicita, el facultativo o funcionario que corresponda deberá poner los antecedentes a disposición del Ministerio Público, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 198 del Código Procesal Penal". No se entiende como este mandato legal podría cumplirse en el caso de una venta libre y el riesgo que correrán quienes dispensen el medicamento y no denuncien un posible ilícito abre un frente nuevo para ellos.

En tercer lugar, la píldora del día después es un método anticonceptivo mucho menos efectivo que el condón, el tratamiento habitual con anticonceptivos hormonales o los dispositivos intrauterinos. El esfuerzo que ha hecho el Ministerio por poner a disposición de la ciudadanía en forma gratuita y universal estos métodos se ha traducido en una caída del 10% en la tasa de embarazo adolescente y un mejor control de las enfermedades de transmisión sexual, HIV incluido. La liberalización de la píldora arriesga estos éxitos, y se entiende en países que no tienen programas planificación familiar tan sólidos como el chileno, pero no acá.

La solicitud parlamentaria y la aprobación del ISP se basan además en el reconocimiento de una falla en el acceso oportuno a una atención de salud, lo que es incorrecto. Están las matronas, ONGs, urgencias, y centros de salud que además, entregan el medicamento sin costo. Por último, dado que se depositará confianza en el uso repetido y sin control médico de un anticonceptivo débil, podría ocurrir la peor de las paradojas, como sería que la medida implementada tan livianamente por el ISP se traduzca en un aumento de los embarazos no deseados; y que adicionalmente, la posibilidad de convencer a la mujer de no utilizar repetidamente un anticonceptivo de emergencia, y por el contrario, moverse a un método más seguro y menos efectos adversos, disminuyan

Las políticas públicas en salud requieren reflexión y medir todas las consecuencias. De lo contrario, se aprueban medidas con efectos paradójicos, como la Ley de Trasplante del 2010, la Ley de Tabaco del 2005, y la Ley que trató de prohibir el Timerosal en las vacunas. La Salud Pública definitivamente, no es una materia para aficionados. El error es grave.

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