Roles y funciones: Gobernadores Regional y Delegado Presidencial

Con las elecciones primarias se eligió a una parte de los candidatos que postularán a los cargos de gobernadores regionales y alcaldes en abril próximo. Sin embargo, es importante conocer en el caso de la primera autoridad regional que reemplazará al actual intendente, cuáles serán sus funciones y atribuciones.

Miércoles 2 de diciembre de 2020

Roles y funciones: Gobernadores Regional y Delegado Presidencial

Con las elecciones primarias y después de los comicios de abril, no quedarán resueltos todos los nudos en torno a la figura de los gobernadores regionales. Aún queda por ver las reales atribuciones y funciones que tendrán y cuáles serán sus competencias frente al delegado Presidencial.

Será una prueba de fuego para las nuevas autoridades y tal vez se requiere de algunas precisiones en materia legislativa.  No obstante, hoy es posible diferenciar con mediana claridad las funciones y atribuciones de ambas autoridades.

Alejandro Gómez, coordinador del Centro de Educación Ciudadana y académico de la Facultad de Derecho y Gobierno de la Universidad San Sebastián, explica cuáles son los roles y diferencias entre el gobernador regional y el delegado Presidencial.

  •  En el caso del gobernador regional, su elección es por votación popular y su cargo se extiende por 4 años, pudiendo ser reelegido en forma consecutiva solo para el período siguiente. Es decir, puede ejercer el cargo por un máximo de 8 años.
  • Es quien reemplaza la figura del intendente y presidirá el Consejo Regional, siendo su órgano ejecutivo en la región.
  • Dentro de sus tareas y como lo señala la ley, está la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional.
  • También podrá asignar recursos de los programas de inversión regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que corresponda de acuerdo a la transferencia de competencias que establezca el Poder Ejecutivo.
  • Su rol es autónomo y puede formular políticas de desarrollo de la región y someterlas a la aprobación del Consejo Regional. Respecto a sus funciones, no tiene el deber de informar al Presidente de la República acerca de sus funciones.

La otra vereda

  • En una situación completamente distinta se encuentra el delegado Presidencial. Como su nombre lo indica, es una autoridad nombrada por el Presidente de la República y lo representa en el territorio regional.
  • Ejerce el gobierno interior de cada región y la duración de su cargo está sujeta al tiempo que cuente con la confianza del Jefe de Estado.
  • Le corresponde la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con la Presidencia a través de un Ministerio.

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