Ley de etiquetado de alimentos

Es importante enfatizar que la ingesta de alimentos con elevado aporte calórico favorece la malnutrición por exceso, y que asociadas al consumo de las grasas saturadas y azúcares aumenta la predisposición de enfermedades no transmisibles y metabólicas y que nuestro consumo de sodio diario promedio excede a los recomendados por la OMS.

Viernes 24 de junio de 2016

Ley de etiquetado de alimentos
escrito por

Pamela Fehrmann, directora nutrición y dietética USS Valdivia

Actualmente, nos enfrentamos a una situación epidemiológica bastante compleja; la malnutrición por exceso, ha tenido un crecimiento exponencial en los últimos años abarcando diversos grupos etarios y generando aumento en los factores de riesgo y con ellos las patologías crónicas asociadas.

Diversos han sido los esfuerzos y estrategias implementadas a nivel país,  por lograr mejorar o revertir esta situación. Hoy nos encontramos a pocos días de hacer vigente la Ley Nº 20.606, sobre Composición nutricional de los alimentos y su publicidad. Si bien, el rotulado de los alimentos rige de manera obligatoria desde el año 2005, era un rotulado según refieren los consumidores poco legible y entendible. Por ello, el etiquetado nutricional comprende la declaración de las propiedades saludables, declaración de nutrientes y propiedades nutricionales.

En general, esta ley considera tres aspectos relevantes, orienta al consumidor en la decisión informada de una manera clara y rápida al momento de escoger un alimento, fortalece la regulación sobre la publicidad y apoyo a los establecimientos educaciones en actividades de promoción en salud. Para ello se ha utilizado una simbología frontal muy destacada en el envase, con forma hexagonal, de color negro y letras blancas, en el cual debe rotularse la advertencia de alimento alto en azúcares, alto en grasas saturadas, calorías y sodio; según corresponda por cada 100 gramos o 100 ml de producto.

Es importante enfatizar que la ingesta de alimentos con elevado aporte calórico favorece la malnutrición por exceso, y que asociadas al consumo de las grasas saturadas y azúcares aumenta la predisposición de enfermedades no transmisibles y metabólicas y que nuestro consumo de sodio diario promedio excede a los recomendados por la OMS. Por lo tanto, el objetivo es que el consumidor seleccione aquellos alimentos con menos sellos negros o idealmente exentos de ellos.

De esta manera, los consumidores estarán en conocimiento al momento de seleccionar y adquirir sus alimentos, pero también se protegerá a los prescolares, niños y adolescentes,  ya que en esta ley se establece que no se podrá inducir el consumo de alimentos, mediantes estímulos externos al producto. Es decir, no podrán llevar regalos, o incentivos que sean de atracción infantil, a esto sumamos que los establecimientos educacionales mejorarán la oferta de sus productos, como además deberán orientar a sus escolares en alimentación saludable,  haciendo énfasis en los daños que puede provocar la ingesta de calorías, grasas saturadas, azúcares y sodio en el organismo. Dichos establecimiento también deberán fomentar la actividad física. Todas estas medidas, como factores protectores, para que de esta manera se logre con el tiempo una cultura de vida saludable y activa, en nuestra sociedad.

 

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